y, cuando corresponda, el del verificador. ��R�,�X`V`����4-< ��4�S��(E����� ПE� 0000000016 00000 n 0000008125 00000 n Reglamento de Inscripciones Del Registro de Predios. 0 endstream endobj 31 0 obj <>stream Z���U�1\��n�m��f5a��Zq6f+̷_F�_D,đ ����߯s�_{ƞPFn��,���Q�+��^�һ�ܞRs2 �J�����-�����r�0 ��� rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante Resoluciones del 17 de diciembre de 1936 y 18 de junio, ampliación, el mismo que contiene, entre otras, normas relativas a la inscripción. En los asientos de inscripción relativos a predios ya, registrados se omitirán las circunstancias que ya, predeterminados que permitan ingresar los datos, relevantes del asiento de inscripción en el sistema, Artículo 14.- Intervención conjunta de los cónyuges, Para la inscripción de los actos o contratos de, adquisición, disposición o gravamen de un bien social, deberá constar en el título la intervención de ambos, Artículo 15.- Rectificación de la calidad del bien, Cuando uno de los cónyuges, manifestando un, estado civil distinto al que le corresponde hubiere, inscrito a su favor un predio al que la Ley le atribuye, la calidad de bien social, la rectificación de la calidad, del bien se realizará en mérito a la presentación de, título otorgado por el cónyuge que no intervino o sus, sucesores, insertando o adjuntando la copia certificada, de la respectiva partida de matrimonio expedida con, posterioridad al documento de fecha cierta en el que, dispuesto en el artículo 85 del Reglamento General de, La inmatriculación es el acto por el cual se incorpora, Para la inmatriculación de un predio se requerirá, el informe técnico del área de Catastro a que se, refiere el artículo 11, donde se determine si el predio, a inmatricular se superpone o no a otro ya inscrito, de, acuerdo a la base gráfica con la que cuenta el área, No impide la inmatriculación el informe técnico que, señale la imposibilidad de determinar si el predio se, Do not sell or share my personal information. Artículo 3.- colegiado en su sesión de fecha 12 de noviembre de 2003; registrales requeridas para la eficacia y seguridad jurídica de la función registral; De conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 18 de la Ley, Nº 26366, y el literal b) del artículo 12 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por, Estando a lo acordado y, de conformidad con lo dispuesto en el literal v), del artículo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº, Aprobar el Reglamento de Inscripciones del Registro de, Predios, el mismo que consta de 3 secciones, 155 artículos, 7 disposiciones, transitorias y 8 disposiciones complementarias y finales, cuyo texto forma parte, El presente Reglamento de Inscripciones del Registro de, Predios entrará en vigencia a partir del 19 de enero del año 2004, aplicándose. Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe, Sunarp: Simplifican procedimientos del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 2.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben los actos o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el artículo 2019 del Código Civil, normas administrativas y demás normas especiales. 0000002669 00000 n los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. 0000003429 00000 n 0000003621 00000 n Lea aquí o descargue la versión actualizada de la Resolución 097-2013-SUNARP-SN: Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Artículo 2. ��ʣ�,��1��?��b������?��d�-QC$2]�#>�ش��NƷDk�j��ͪ�ώ�!�-�A����7�j��o��` &�� de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP/SN, “Artículo 61.- Independización de predio urbano, Tratándose de subdivisiones efectuadas dentro del, se reere la Ley N° 27157 y la Ley 27333, para efectuar, las respectivas independizaciones no será aplicable, lo dispuesto en el artículo 60. La modificatoria del artículo 78 tiene como fin evitar que se rechace un pedido de inscripción cuando la medida perimétrica total de los linderos no coincida con la sumatoria de los tramos consignados en el plano, siempre que dicha medida se adecue al antecedente registral que consta como descripción en la partida. Primavera Nº 1878, Santiago de SurcoLima 33 - Perú, Subdirección de Capacitación Registral - Sunarp 2022 | Todos los derechos reservados, Carmen Sandoval Pinto csandoval@sunarp.gob.pe, Janet Masaki Santos jmasaki_lima@sunarp.gob.pe +51 997 126 090, Av. REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE PREDIOS 2013 SUNARP by jorge_gomez_12 0 En los casos en que la adquirente es la sociedad, conyugal se indicará dicha circunstancia así como los. actos o derechos en el Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. del laudo, ni la capacidad de los árbitros para ejecutarlo. startxref 0000001463 00000 n xref Duplicidad de partidas provenientes del ex R.P.I. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, pone a disposición de la ciudadanía el “Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios”, texto normativo que ha sido comentado por Vocales del Tribunal Registral, Registradores Públicos y especialistas del Sistema Nacional de los Registros Públicos. (…) inserto: clÁusulas adicionales relativas al contrato de compra venta de acciones y derechos (…) primera clÁusula adicional.- es menester que se aclare respecto al precio de venta 5�h��L[p��e�|[�$S��-�Ԫ�`��5PC*� rar�y�C���'�4ݞŜ�+� pZ��l���ZЖ�]5�y�(w+>�Sk�cg��;{�fLh�;휃y�)|�����,j.p��]��ӧ���c�Ǐ��*>�fJ����̨������_/�.�{9�|�����?��r�v�:�����~�`xz����Hթ��/���~F\���A8}$i%�g>�L�K�K�`��(ֳ'��AQ�r&��ڇ��Ԟr1g4��7S�{s~�2�r��������L���� 0000002669 00000 n Por cada acto o. derecho se extenderá un asiento registral independiente. Artículo 2°.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de . Los asientos registrales se extenderán unos, correspondiente precedida de la letra que identifica al, No procede la apertura de una partida registral para, anotación preventiva de un acto o derecho que, inscribirse por adolecer de defecto subsanable, salvo, Artículo 5.- Organización interna de la partida, La partida registral tendrá seis rubros identificados, A) Antecedente dominial, en el que se indicará el, número de la partida de la cual proviene o. asientos correspondientes a su ubicación geográfica, linderos y demás datos físico materiales del predio, sus, C) Títulos de dominio, en el que se extenderán los, asientos correspondientes a traslaciones del derecho de, propiedad y demás actos que constituyan, modifiquen o. 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save 2 Reglamento de Inscripciones Del Registro de Pred... For Later, DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 540-2003-SUNARP-SN, Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -, SUNARP, como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente. 0000001901 00000 n Tampoco podrá calificar la validez del acuerdo arbitral ni. 0000001971 00000 n actos o derechos en el Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. Modifícase los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP/SN, conforme al siguiente texto: "Artículo 61 . Artículo 3.- De los principios . 0000003940 00000 n H���Mn1��s 0000008677 00000 n 0000006375 00000 n que permitan viabilizar las solicitudes de inscripción; consecuencia de la constante actualización y simplicación, del procedimiento registral, se ha identicado la necesidad, 80 y 147 del Reglamento de Inscripciones del Regi, Predios, respecto a los actos antes aludidos, sin que ello, suponga, como lo hemos señalado, una incorporación o, Disposición Transitoria del Reglamento de Inscripciones, de Predios, en cuyo texto se prohíbe la regularización, sucesiva de edicaciones bajo el procedimiento de la Ley, Nº 27157, lo cual, a la fecha, puede ser posible conforme, a la Única Disposición Complementaria Transitoria de la, Ley Nº 30830 siempre que se cumplan los presupuestos. 0000009313 00000 n En su caso, en la esquela de observación o. técnicos advertidos por el área de catastro. Open navigation menu. Close suggestions Search Search. 0000022275 00000 n En estos casos, deberá. trailer 0000000016 00000 n los títulos de levantamiento de dicha inmovilización, previstos en el numeral 6.10, que sean presentados, electrónicamente con firma digital a travé, de Intermediación Digital de la SUNARP o plataforma, que la sustituya, eximen al registrador de cursar oficio, al notario para consultar la veracidad del instrumento, y de la consecuente suspensión de la vigencia del. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Pblicos. y ex R.P.U. 0000001659 00000 n 0000005728 00000 n condiciones a las instancias registrales destinadas a Modifícase los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del propiciar y facilitar las inscripciones bajo principios de Reglamento de inscripciones del Registro de Predios . administrativas y demás normas especiales. 0000005938 00000 n Artículo 1.- Modiicación del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios. Modificación del Reglamento de modificación de requisitos, regulen actuaciones o inscripciones del Registro de Predios. B�ƍ�,���� � �̒�@��y�"��4���'u�M��F��N�s��2 ���4#�q3��e�� � $�S 188 0 obj <> endobj inmovilización temporal de partidas de predios, aprobada por Resolución del Superintendente Nacional. En caso de tener alguna consulta o duda del presente evento, se pone a disposición los siguientes contactos: La calificación e inscripción registral de las embarcaciones pesqueras. 0000017071 00000 n poseen sobre la totalidad del predio, de conformidad con el art. criterios de simplicación y proporcionalidad; Que, atendiendo a las consideraciones antes aludidas. Presentación. Contando con la visación de la Gerencia Legal, Gerencia Registral, Gerencia de Catastro de la Sede. de los Registros Públicos N° 314-2013-SUNARP-SN, respecto a las actuaciones de las instancias registrales, en la vericación de la autenticidad de documentos, provenientes de notario sobre partidas inmovilizadas, bajo. 0000007735 00000 n ËZ}{dx9(g���6 ���0l�s���=ƭGo���;��: ]b��7-�5���D�B�Q_d���n���v�����޿����_��z�����q���oַ�/���i��|I}$ٜGܙ�$|��8Ir��q-�h[ON�j��+�"�&GX=Yĵdk�l,�eG��I. ha quedado firme, se extenderá además una anotación, en el rubro de cargas y gravámenes, en la que se dejará, La anotación a que se refiere el párrafo anterior sólo, podrá cancelarse en mérito a la constancia expedida por, la autoridad administrativa correspondiente o la copia, certificada de la resolución emitida en última instancia, Artículo 11.- Informes de las áreas de Catastro de, de un acto o derecho que importe la incorporación de un, predio al Registro o su modificación física, se inscribirán, previo informe técnico del área de Catastro. h�b```f``2g`a``/`�e@ ^&�(G6��)mr�|�UA��̪2&��eX�j��o?�I\bᖗ�wJi��E�I����2[�;wu\�ڴ5O10�̦�O�B� �æ�0 0000009889 00000 n 0000004577 00000 n Artículo 3.- DE LOS PRINCIPIOS REGISTRALES, Son aplicables al Registro de Predios los principios registrales, contenidos en el Código Civil y en el Reglamento General de los. 0000006819 00000 n económica, sino también permiten materializar, mediante el registro, derechos fundamentales como, la propiedad, la función social de ésta y el acceso, a la vivienda; por lo que emerge la necesidad de, dictar disposiciones que, sin suponer la creación o, modificación de requisitos, regulen actuaciones o, condiciones a las instancias registrales destinadas a, propiciar y facilitar las inscripciones bajo principios de, Que, asimismo, se han venido dictando disposiciones, como la Ley Nº 30830 y el Decreto Supremo Nº, 008-2019-VIVIENDA, que incorporan nuevos supuestos, la ampliación del plazo o la posibilidad de efectuar una, segunda regularización; así, también, se han efectuado. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, pone a disposición de la ciudadanía el "Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios", texto normativo que ha sido comentado por Vocales del Tribunal Registral, Registradores Públicos y especialistas del Sistema Nacional de los Registros Públicos. su correspondencia con el contenido del laudo. 0000017553 00000 n 227 0 obj <>stream 0000004737 00000 n Además, el artículo 80, en su nueva versión, esclarece que la determinación del cumplimiento de los parámetros urbanísticos y edificatorios de la edificación compete exclusivamente al verificador, por lo que no corresponde denegar la inscripción por aspectos técnicos del informe, o por discrepancias de éste con el formulario registral y planos, debiendo prevalecer la información señalada en el informe técnico. 0000001879 00000 n 122 31 generar valor de marca de una manera planificada; De conformidad con el literal v), del artículo 7º del, Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución, SUNARP/SN, que establece los “Lineamientos para la, Proyección de una Imagen Institucional y Corporativa, Homogénea de los Registros Públicos en el Ámbito, Institucional”, la misma que forma parte integrante de la, Imagen Institucional y Relaciones Públicas de la SUNARP, vele por el cumplimiento y aplicación de la presente, resolución en los distintos órganos desconcentrados de, presente Directiva sea publicada en la página Web de la, Vistos, el Informe Técnico N° 016-2013-SUNARP-GR. En los casos en, los que se transfiera cuotas ideales deberá precisarse, dicha circunstancia, así como hacerse mención expresa, Cuando se trate de persona natural se indicará los, nombres y apellidos, nacionalidad en caso de no ser, peruana, el estado civil y el número de documento de, identidad o la circunstancia de ser menor de edad. establecidos por dicha disposición legal; el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, conjuntamente con el Informe Técnico de vistos, para la, evaluación y aprobación respectiva; la cual cuenta con, la opinión favorable de la Ocina General de Asesoría, Reglamento de Organización y Funciones, aprobado, por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, acordó aprobar, por unanimidad la modicación del Reglamento de, Inscripciones del Reglamento de inscripciones del, Registro de Predios, aprobado por Resolución del, Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº, Estando a lo acordado y, de conformidad con la, facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del, Reglamento de Organización y Funciones de la, Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-. la Directiva citada en el considerando que antecede, mediante la incorporación de una única disposición, complementaria nal en la misma, conjuntamente con el, Informe Técnico de vistos, para la evaluación y aprobación, respectiva; la cual cuenta con la opinión favorable de la, virtual N° 413 del 22 de junio de 2021, en ejercicio de, la facultad conferida por el literal c) del artículo 7 del, Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por, Decreto Supremo N° 012-2013-JUS acordó aprobar por, unanimidad la modicación de la Directiva N°08-2013-, SUNARP-SN, Directiva que regula el procedimiento para la, inmovilización temporal de partidas de predios, aprobada, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los, conferida por el literal x) del artículo 9 del Reglamento, de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado, por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; contando con, el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica, Artículo 1.- Incorporación de la única disposición, complementaria nal en la Directiva que regula el, procedimiento para la inmovilización temporal de, Incorpórese la única disposición complementaria, final en la Directiva N°08-2013-SUNARP-SN, Directiva, que regula el procedimiento para la inmovilización, temporal de partidas de predios, aprobada por, Resolución N° 314-2013-SUNARP/SN, conforme al, Única: Los títulos sobre disposición, carga o, gravamen de fecha cierta anterior o posterior al asiento, de presentación de la solicitud de inmovilización, temporal a que se refiere el numeral 6.5, así como. La estructura de esta obra, sigue el orden del articulado del reglamento, lo que orienta su fácil consulta y posibilita su organizada lectura. Queremos aclarar sus posibles dudas respecto a las disposiciones referidas al procedimiento registral de la inscripción en el Registro de Predios, así como darle a conocer las opiniones de expertos en la materia; es por ello que ponemos a su disposición, comentarios exegéticos a los artículos del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; comentarios efectuados por especialistas del área registral de la Sunarp. endstream endobj startxref endstream endobj 189 0 obj <> endobj 190 0 obj <> endobj 191 0 obj <>stream %PDF-1.4 %���� datos de cada cónyuge conforme al párrafo anterior. Artículo 7.- Inscripción en mérito a formulario, Cuando las inscripciones se realicen en mérito al, formulario registral a que se refiere el artículo 7 de la, Ley Nº 27755, la legalización notarial se efectuará de, conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº, Artículo 8.- Inscripción en mérito a mandato, mandato judicial se presentará copia certificada de la, resolución que declara o constituye el derecho y de, los demás actuados pertinentes, acompañados del. Nº IX/UREG-JEF del 26.01.2021, elevó a la Dirección, Técnica Registral una propuesta de modicación a, determinados artículos del Reglamento de Inscripciones, del Registro de Predios relacionados a la inscripción de, Declaratoria de Fábrica e independización de unidades, inmobiliarias sujetas al régimen de la Ley Nº 27157, en, el marco de fortalecer la predictibilidad de, inscribibles que publicitan las modificaciones físicas, de los predios tales como la declaratoria de fábrica, o independizaciones, tienen gran trascendencia en el, tráfico jurídico no solo por el eventual valor monetario, que representan en el marco de la reactivación. 201 0 obj <>/Filter/FlateDecode/ID[<5942C6A9D06171F05F430C828506A41E><35A738A62A96B84D9408DD6FDC2696AF>]/Index[188 22]/Info 187 0 R/Length 72/Prev 198003/Root 189 0 R/Size 210/Type/XRef/W[1 2 1]>>stream un rubro distinto de aquél en el que debió practicarse, prevalecerá la naturaleza del acto, sin perjuicio de, proceder a su rectificación de conformidad con lo, dispuesto en el Reglamento General de los Registros, Artículo 6.- Inscripción en mérito a escritura, Cuando las inscripciones se efectúen en mérito a, escritura pública, se presentará el parte expedido por el, Notario o Cónsul, o el traslado respectivo extendido por el. 209 0 obj <>stream 0000015988 00000 n A falta de, convenio de colaboración o en el caso de árbitros ad, se acompañará copia certificada notarial del documento, de identidad de quienes suscriben el laudo y de quien, El Registrador no podrá evaluar la competencia del, Tribunal Arbitral o Árbitro Único para laudar, el contenido. Expreso mi agradecimiento a cada uno de los profesionales que han colaborado para esta publicación y que, día a día, brindan sus servicios con compromiso y dedicación en aras de satisfacer las expectativas y necesidades de la sociedad. 0000009313 00000 n 0000016843 00000 n h�bbd``b`z$CA�~�&�`����X�@�0,& �0�x$�1012xY�����ʿ ;D funcionario que conserva en su poder la matriz. del Perú y Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú; Que, la Comisión aprobó el Proyecto de Reglamento de Inscripciones del, Que, conforme se difundió en la Separata de Normas Legales del Diario, prepublicación del Proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro de, Que, con los aportes y sugerencias recibidas, se remitió al Directorio de, la SUNARP el Proyecto Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de, Predios, cuyo texto fue aprobado por unanimidad por el mencionado órgano. 0 0000017071 00000 n Reglamento de Inscripciones del citado Registro de Predios; Que por Decreto Supremo Nº 023-2003-JUS del 7 de noviembre del 2003, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobará el Reglamento de, Que, mediante Resolución Nº 326-2002-SUNARP/SN se designó un Grupo, de Apoyo que elaboró el Anteproyecto del Reglamento de Inscripciones del, SUNARP/SN, se constituyó, con el objeto de viabilizar el funcionamiento del, integrada por representantes de la Superintendencia Nacional de los Registros, Públicos - SUNARP, de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -, COFOPRI, del Registro Predial Urbano - RPU, del Proyecto Especial de Titulación, de Tierras y Catastro Rural - PETT, de la Junta de Decanos de los Colegios de, Abogados del Perú y de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del, Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobando el Proyecto de. Anotación de bloqueo registral (Artículo 136) Se incorpora que: Tratándose de minutas con firma digital o electrónica de los contratantes y 0000024088 00000 n REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE REGISTRO DE PREDIOS, DOCX, PDF, TXT or read online from Scribd, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE REGISTRO DE PREDIOS For Later, El presente trabajo que hemos realizado en afán de poder, tener un más amplio conocimiento del tema, está en su, mayoría compuesto por datos bibliográficos, así como, información de Internet, teniendo en cuenta su amplitud de, calificación hemos realizado esta trabajo evitando errar en lo, posible. Cada uno de estos Registros, a su vez . Comentado por: Max Panay Cuya Con la modificatoria del artículo 63 se evitarán observaciones cuando la memoria descriptiva no coincida con el plano de independización, habiéndose establecido que ante esta discrepancia no se debe observar, sino que el registrador debe basarse en la información del plano. <]>> Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157. independización de un predio rústico sin cambio de, La independización sin cambio de uso de un predio, rústico ubicado en área de expansión urbana, se efectúa, expresa que el predio a independizar se ubica en, de Resolución de autorización y adjuntando el plano, municipal de independización o parcelación debidamente, sellados y visados, debiendo precisarse en estos últimos, el área, linderos y medidas perimétricas tanto de la, En la partida independizada se dejará constancia, de la falta de inscripción del Planeamiento Integral, aprobado, salvo que se haya solicitado simultáneamente, su inscripción, acompañando la resolución de aprobación, “Artículo 63.- Independización de unidades, inmobiliarias sujetas a los regímenes establecidos en, Para la independización de unidades inmobiliarias, sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad, Do not sell or share my personal information. endstream endobj 29 0 obj <> endobj 30 0 obj <>stream x�b```���l�|���ea�8��. 122 0 obj <> endobj Las modificaciones del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación y se aplica, inclusive, a los títulos en trámite. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; RNE: Reglamento Nacional de Edificaciones; CNE: Código Nacional de Electricidad; Confían en Nosotros; Contacto (01) 642 9438; 0000012559 00000 n El Registro de Predios naci oficialmente en el Per con la promulgacin de la Ley 27755, publicada el 15 de Junio del 2002 en El Peruano, ley que precisa que el Registro de Predios estar integrado por el Registro de la Propiedad Inmueble, el Registro Predial Urbano y la Seccin Especial de Predios Rurales. el último párrafo del artículo 87 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. 0000004737 00000 n 0000005728 00000 n 0000012559 00000 n xref xref 0000022808 00000 n %PDF-1.4 %���� 0000005010 00000 n 122 31 0000002004 00000 n Artículo 1.- Modificación del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios. Por, independiente. Artículo 2.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben los actos o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el artículo 2019 del Código Civil, normas administrativas y demás normas especiales. Superintendente Nacional de los Registros Públicos, REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE, El presente Reglamento regula los requisitos para la inscripción, de los diferentes actos o derechos en el Registro de Predios, las, reglamentando los procedimientos previstos en otras normas de, Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben los actos, o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el, artículo 2019 del Código Civil, normas administrativas y demás. Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional. 0000000916 00000 n 0000010912 00000 n 201 0 obj <> endobj 0000006375 00000 n al texto actual del Reglamento de la Ley Nº 27157. integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, se ha, identificado cierta problemática sobre afectaciones, parciales del predio inscrito debido a la ausencia de, datos técnicos suficientes en sus antecedentes; motivo, por el cual se requiere efectuar precisiones normativas. asiento de presentación, debiendo, en dichos casos, continuar con la calificación del acto cuya inscripción, La presente Resolución entra en vigencia al día. 0000004045 00000 n Son aplicables al Registro de Predios los principios, registrales contenidos en el Código Civil y en el Reglamento, El Registro de Predios se encuentra integrado por, las partidas registrales provenientes de los registros, que le dan origen así como por los asientos que en él se, extiendan, organizados mediante un sistema automático, Por cada predio se abrirá una partida registral en la, cual se extenderán todas las inscripciones que a éste, correspondan ordenadas por rubros. fecha de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, en tal contexto, mediante Resolución N° 024-2013-, SUNARP/SN se aprobó el nuevo logotipo que identifica a, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, así. Tratándose de bienes conyugales, se indicará, Tratándose de acto modificatorio de titularidad, dominial, en caso de no acreditarse que la resolución. 0000003863 00000 n 0000001659 00000 n CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia 0000003429 00000 n %%EOF Este libro, es el producto de la vasta experiencia y el esfuerzo conjunto de los operadores registrales y está dirigido a estudiantes de las facultades de Derecho, docentes universitarios, investigadores y abogados que se interesan en el estudio del Derecho Registral y reconocen a los “Registros Públicos” como el instrumento más eficiente para cautelar la seguridad jurídica. 6|�,4��J��X#"���d�c���S�I~���f_�׻w�ۍ �d�gI�|b���qpq�%���l�26�B.���2>ᘤ ��ٝ_�e�Q��)�J&��)l �T�Yt��B�)�0S2��L�"3�2̔9PS�2���9t*�2�� 3,nXܰ�0î� �3�n�F�a`��� ˀ& w�m�aw`��+C ��*�} 3%� fJ ܔ�0S�Lag��b�5����T&��h�$V�.30w/�@�Qd��b��.b�3(i��j�s�E)��y�Ĥs|�խ�3[$���81N�iHaV�d�`CpN��pp6.�h@�A�)��gFiu�)���{0��n�����Z��tƲG��o#�� w7�ON�R|�x�{㘸���U��������� ��(Ka8�8ƫ@�K���� ��w� @+���a]a�;6��ZCo�� ��LF_Kc��-�м�H�:�d�k��o8���^] Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de Propiedad Inmueble, en el que se inscriben los actos o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el artículo 2019 del Código Civil, normas administrativas y demás normas especiales. 0000007509 00000 n 0000000016 00000 n Que, a fin de agilizar los procesos de inscripción, se ha previsto la presentación de información digital. estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad, de los actos y contratos en los Registros Públicos que, integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso, de simplificación, integración y modernización de los. �2|��a���Dk� %PDF-1.5 %���� 122 0 obj <> endobj endstream endobj 202 0 obj <>>> endobj 203 0 obj <>/Type/Page>> endobj 204 0 obj <> endobj 205 0 obj <> endobj 206 0 obj <> endobj 207 0 obj <>stream 0000003863 00000 n 0000023564 00000 n Mediante resolución N° 068-2021-SUNARP/SN. Modifícase los artículos 50, 51, 53, 55 y 136 del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP/SN, conforme al siguiente texto: "Artículo 50 startxref %PDF-1.4 %���� Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de. de diversos actos en el Registro de Propiedad Inmueble; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-90-VC, se aprobó el Reglamento, Públicos Nº 094-96-SUNARP, se aprobó el Reglamento de Inscripciones de la. 201 27 dotado de los instrumentos legales, y de otro orden, que resulten necesarios para permitir el desarrollo de un, sistema ágil, seguro, de costos razonables y acorde con, Que, es política de la SUNARP, ser una organización, eficiente y transparente en su gestión, que incentive el, desarrollo de la actividad económica del país, de tal modo, que constituya un modelo de organización y gestión en el, Que, el Registro de Predios, al ser uno de los, principales instrumentos de oponibilidad de derechos, sobre inmuebles, tiene una vital importancia para el, desarrollo del mercado peruano y la capitalización de la, riqueza en nuestro país, siendo que con la expedición, de una nueva reglamentación de los actos inscribibles, en el Registro de Predios, no solo se modifican criterios, de calificación aplicables al citado registro, sino que se, dan pautas y lineamientos que los agentes económicos, deberán conocer y observar, al efectuar sus inversiones, en los distintos negocios vinculados con el sector, Que, se ha previsto, entre otros, regular, en mérito a decisiones arbitrales, compatibilizando las, disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N°, 1071, que ha reiterado el carácter jurisdiccional de las, actuaciones arbitrales; no obstante se está otorgando, mayores elementos de seguridad, para efectos de, evitar las inscripción de laudos arbitrales con un origen, Registro de Predios con las disposiciones contenidas, en la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional, Integrado y su vinculación con el Registro de Predios y, su Reglamento y demás disposiciones complementarias, Que, a su vez, se está posibilitando la anotación, preventiva del proyecto de habilitación urbana aprobado, por silencio positivo, compatibilizando las disposiciones, de nuestra reglamentación con la Ley N° 29060, Ley del, Que, asimismo, se han realizado las precisiones, necesarias, a fin de adecuar las nuevas disposiciones, en materia de habilitaciones urbanas ejecutadas y, Que, se han realizado las adecuaciones en materia, de subdivisión e independizaciones de acuerdo con las, nuevas disposiciones del Reglamento de Licencias de. . 0000016604 00000 n Al respecto, para efectos de una calificación integral, de conformidad con el artículo 96 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, indicar la cuota ideal que con respecto a la totalidad del predio inscrito en la partida P03154191 del Registro de Predios de Lima, es materia de transferencia. 0000008677 00000 n Artículo 2°.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de . 0000002189 00000 n 0000002047 00000 n Plano de independización en el que conste el área, linderos y medidas perimétricas tanto de la porción a, Declaración Jurada del Vericador Responsable. <]>> Esperando siempre que este trabajo pueda ser de, ayuda a todo aquel que desee tener información del tema, Do not sell or share my personal information. Primavera 1878, Santiago de Surco 15023. 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Reglamento de Inscripciones Del Registro de Predio... For Later, los Registros Públicos establece que la SUNARP es el, ente rector de los Registros Públicos del país, integrando, Que, de conformidad con el segundo párrafo del, los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema, Nº 135-2002-JUS, los órganos que componen la SUNARP, Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 014-, 2012-JUS dispone que en el caso de publicación de normas, legales de carácter general que tengan anexos conteniendo, gráficos, formatos, formularios, se publicarán dichos anexos, en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma. Decreto Legislativo Nº 1071, norma que regula el Arbitraje. Adicionalmente, deberá presentarse copia certificada. 0000008125 00000 n Se exceptúan los supuestos en los que tales actos, administrativos, conforme a la Ley del Procedimiento, Administrativo General, no tengan carácter ejecutorio, Si la resolución administrativa declara derechos, inscribibles a favor de una persona casada, deberá, señalarse en el título la calidad de bien propio o bien, conyugal. normas especiales, respecto de predios urbanos y rurales. 0000005492 00000 n Por cada predio se abrirá una partida registral, en la cual se, extenderán todas las inscripciones que a éste correspondan. 0000001358 00000 n %%EOF 0000003585 00000 n 0000006887 00000 n h��TYo1�+~l�/�@����4RIQ5�.��Ҳ�v����̲4iy�Fc����Y �SB3)z0w�T!��!�>�=�I�P��:dWW|�%Y�����)�`�>�ٻ�����HR��2�R��LQrP�ܥ���4ϖ�us>��ݻE�?�w���v������6IaA�0ɣ�aM��"�=�l� �v��߇�A���c=���}��z����׶4u��|��u������l?����:��Z�Aֱ����A��3i���rZOf��\n�r��|kR=���P�Ι$^�ub�����,�]�+6��;���g�a�� ���n�e���5��AZ��z�mL^��IK����\��x���a���R/uC�{�6�\xw%�a�f�51�hGgd�����_���q�1��dxᚲ���j�'h)��UGdQ��-�{⨧ZƊ��#V;����(��*e���� G+J%��"�c�č��s1� �Y�M�U�R��FNg"!��I��� �}4e�fl���t�&Mݕ�lM2�AkE�����Y �7��=��o�T���e[w��f]7i��@3(�D;i6��t�0f^ǜ���#� ��n=�/M]iC���i��f�ɰg�5��(��# ��Y�i�w��B��R������}�Ӻi��{F۝q�O^���4t뙑��q�/�V��[��c�Y�d��S��n��G3+r���6�'�J�V6s��H�f�̼/Z��YF�m��� ���ܤ�l�lf�2�H��`5���`����!E�Mi��U�g����� E��p %%EOF Sección Especial de Predios Rurales del Registro de la Propiedad Inmueble; de la unificación del Registro de Propiedad Inmueble, Registro Predial Urbano y, Sección Especial de Predios Rurales, por lo que resulta necesario aprobar el. Registro de Predios, el cual regula los requisitos, actuaciones y condiciones para la inscripción de los, diferentes actos, derechos y situaciones jurídicas en el, Registro de Predios de la SUNARP conforme a lo previsto, al artículo 2019 del Código Civil y demás disposiciones, Que, en el marco del control de calidad a la cal, de los registradores a cargo de la Dirección Técnica, Registral, se han advertido diversas observaciones, relacionadas al procedimiento de inscripción de actos, regularización de edicaciones conforme a la Ley N°, 27157 y de predios rústicos sin cambio de uso; en ese, mismo sentido, se han apreciado criterios discrepantes en, cargas técnicas , la afectación de bien integrante del. SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES. Participar con aquellas dependencias administrativas . 0000017221 00000 n Aprueban Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 097-2013- SUNARP-SN Lima, 3 de mayo de 2013 Vistos, el Informe Técnico Nº 016-2013-SUNARP-GR de la Gerencia Registral de la Sede Central; CONSIDERANDO: Que,la . 0000002034 00000 n 0000003104 00000 n ]���#�Z�E���)P��@9Ҥ 5*��a{�3�#e��"��3K�y. así como a la evaluación técnica correspondiente, la Dirección Técnica Registral ha elevado a esta, Superintendencia el proyecto de resolución que modica. Entre las medidas adoptadas para viabilizar las inscripciones, se encuentra la modificatoria del artículo 61, en virtud de la cual se ha reemplazado el certificado de parámetros, que se debe tramitar ante las municipalidades, por una declaración jurada del verificador responsable, como una medida para flexibilizar los requisitos del expediente de regularización. 0000003940 00000 n 0000017315 00000 n 0000010649 00000 n el contenido y aplicación del Reglamento actualizado o modificado, así como de las demás Normas, Disposiciones, Políticas o Lineamientos que emanen o deriven de éste. Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros; Que, en esa línea el Jefe de la Zona Registral Nº IX, ZR. Dichos documentos acreditan la convocatoria, ante el Registro. para extender los asientos de inscripción de jurisdicción, evitando el uso indebido e indiscrimidado del mismo, entre, Que, mediante Acta N° 292 del Directorio de la, b) del artículo 12° del Estatuto de la SUNARP, se acordó, por unanimidad aprobar el Reglamento de Inscripciones, De conformidad a lo dispuesto en el literal v) del artículo, 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución. x�b```���l�|���ea�8��. 0000007509 00000 n 0000001463 00000 n 152 0 obj<>stream trailer mediante un sistema automático de procesamiento de datos. Manuel Agusto Montes Boza Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Av. sólo a los procedimientos de inscripción iniciados a partir de su vigencia. N° 068-2021-SUNARP/SN, Modifican Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Modifican Reglamento de Inscripciones del Registro... For Later, exclusiva en soporte papel, y como los mismos, por su, naturaleza, resultaban ser susceptibles de falsificación. endstream endobj 192 0 obj <>stream Los asientos registrales se extenderán unos a, Do not sell or share my personal information. 0000000916 00000 n 0000002034 00000 n 152 0 obj<>stream 0000009312 00000 n Llevar el control y registro de las inscripciones, reinscripciones, exámenes ordinarios y extraordinarios; IV. Dicho informe, que cuente el área de catastro, actualizada a la fecha de, El informe del área de Catastro es vinculante para el, Registrador. La modificatoria del artículo 147 relativa a las inscripciones de los predios que constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, establece que, en caso la resolución ministerial correspondiente indique que la afectación es parcial y, consecuentemente, la oficina de catastro no pueda determinar -de manera indubitable- si el área afectada se encuentra comprendida dentro de la partida señalada por el Ministerio de Cultura, por ausencia de datos técnicos suficientes en los antecedentes registrales, no se impedirá la inscripción de la afectación rogada siempre que ésta no exceda el área de la citada partida. el sometimiento de las partes a la vía arbitral. de la Gerencia Registral de la Sede Central; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros, Públicos - SUNARP, Organismo Técnico Especializado, del Sector Justicia, tiene por objeto dictar las políticas. 02 reglamento de inscripciones del registro de predios de la sunarp 1. startxref para eludir los efectos de una partida inmovilizada, por lo que se estableció tal mecanismo de verificación, por parte del registrador, el cual a la fecha resulta, innecesario en el caso de presentación electrónica de, Que, en efecto, con la entrada en vigencia del, Sistema de Intermediación Digital de la SU, SUNARP), se estableció un servicio de presentación, electrónica de títulos al registro, empleando para, ello la tecnología de firmas y certificados digitales, cuyos efectos garantizan, entre otros, la integridad y, autenticidad del documento, superando así una p, falsificación de los mismos; presentación electrónica, que se ha masificado en el último año no solo a nivel, de partes notariales, sino también de instrumentos, extra protocolares, como copias certificadas notariales, y documentos privados con certificación notarial de, Que, en ese contexto, aplicar las disposiciones, señaladas en el sub numeral 6.5.2.1 y 6.5.3.2 del numeral, 6.5 y 6.10.4 del numeral 6.10 de la aludida directiva, para, vericar la autenticidad de partes notariales electrónicos, provenientes del SID-SUNARP, a través de la formulación, de consulta al notario y la consecuente suspensión del, asiento de presentación, deviene en una actuación, innecesaria por parte de la instancia registral, en la medida, que la autenticidad de dichos documentos se encuentra, entre otros, es el no repudio por el emisor en el marco, de la Infraestructura Ocial de Firma Electrónica (IOFE), conforme a lo señalado en la Ley 27269, Ley de Firmas y, Que, así las cosas, emerge la necesidad de efectuar, una modicación en la Directiva N° 08-2013-SUNARP-, SN, Directiva que regula el procedimiento para la. <]>> %%EOF trailer Tratándose de personas jurídicas, se indicará su, denominación o razón social y la partida registral del, registro de personas jurídicas donde corre inscrita, de ser, e) La indicación precisa del documento en el que, f) El nombre del juez, funcionario público o notario que, autorice el título en mérito del cual se efectúa la inscripción. 0000006887 00000 n Artículo 1.- Contenido del Reglamento El presente Reglamento regula los requisitos para la inscripción de los diferentes actos o derechos en el Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. Inscritos los actos a que se refiere el primer párrafo, haya o no mediado informe técnico, se comunicará al área, En el supuesto regulado en el cuarto párrafo del, artículo 16, cuando las oficinas registrales involucradas, pertenezcan a más de una Zona Registral, actualizada, la base de datos de la Zona Registral en la que se, inmatriculó el predio, el jefe del área de catastro remitirá, la información gráfica del predio inmatriculado al jefe del, Artículo 13.- Contenido del asiento de inscripción, El asiento de inscripción, sin perjuicio de los, requisitos especiales que para cada clase, a) La naturaleza y la extensión o alcances del acto o. b) La existencia de condición, plazo, limitación, cláusula resolutoria expresa, así como los demás datos, relevantes para el conocimiento de terceros, cuando, consten en el título y siempre que por sí mismos no den, d) La designación de la persona a cuyo favor se, extiende la inscripción y la de aquélla de quien procede, el bien o derecho, cuando corresponda. 0000000836 00000 n Artículo 4.- ORGANIZACIÓN DE LA PARTIDA REGISTRAL: El Registro de Predios se encuentra integrado por las partidas, registrales provenientes de los registros que le dan origen, así. Artículo 10.- Inscripción en mérito a acto, En los casos de inscripciones que se efectúen, en mérito a un acto administrativo, salvo disposición, en contrario, se presentará copia autenticada de la, resolución administrativa expedida por funcionario, autorizado de la institución que conserva en su poder la, matriz. elementos de la imagen institucional y corporativa; Que, siendo así, resulta necesaria aprobar la Directiva que, establecerá los lineamientos para la Proyección de una Imagen, Institucional y Corporativa Homogénea de los Registros, Públicos en el ámbito nacional, con el objeto de gestionar la, nueva marca SUNARP como un activo estratégico, alineado, con la estrategia del servicio que brinda la Institución para. La SUNARP, podrá determinar los casos de modificación física que, no requieran dicho informe, en atención a la capacidad, El área de Catastro verificará los datos técnicos del, plano presentado, de conformidad con la normativa, vigente sobre la materia, emitiendo un informe referido a, aspectos estrictamente técnicos donde se determine la, existencia o no de superposición de partidas, así como, otros aspectos relevantes, si los hubiere. Que, para cumplir adecuadamente su rol y funciones, debe estar correctamente organizado y debidamente. 0000004577 00000 n de la memoria descriptiva en varios actos registrales, lo cual será de aplicación progresiva, coadyuvando, en la disminución en los tiempos de calificación de, diversos actos registrales, contribuyendo a su vez en, Que, asimismo, se han realizado precisiones y, unificado criterios en la forma de extensión de los, asientos registrales de inmatriculación de predios de las, Que, a su vez se han establecido los requisitos, necesarios para inscribir la transferencia de cuotas, Que, asimismo, se han efectuado precisiones, necesarias en el caso de acumulación de predios, Que, se han realizado precisiones a los requisitos. El presente Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios entrar en vigencia a partir del 19 de enero del ao 2004, aplicndose slo a los procedimientos de inscripcin iniciados a partir de su vigencia. modicaciones a la Ley Nº 29090 y su reglamento, mediante el Decreto Legislativo Nº 1426 y el Decreto, Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, respectivamente, que, modican el procedimiento de declaratoria de fábrica a, nivel de las entidades municipales, entre otros que tienen, Que, así las cosas, tenemos que en el procedi, cambio de uso se han identificado problemáticas, para determinar la competencia del funcionario, que lo otorga, o en el caso de independizaciones, declaradas en vía de regularización por la Ley 27157, la problemática alude a la evaluación de los planos y, memorias descriptivas, y que algunos de los requisitos. 0000011141 00000 n Si el, adquirente es casado, la indicación de haber adquirido el. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; Que, la citada Subcomisión Normativa elevó dicho Proyecto a la Comisión, creada por el artículo 13 de la Ley Nº 27775, e integrada por representantes de, la SUNARP, COFOPRI, RPU, PETT, Junta de Decanos de los Colegios de Abogados. Reglas obligatorias para las asociaciones, La impugnación en la sentencia del quinto pleno casatorio Los acuerdos societarios, Talleres de Debates y Propuestas Registrales, Congreso internacional lucha contra la corrupción y política antisoborno, El Tribunal Registral en los servicios de publicidad, Organización interna de la partida registral, Inscripción en mérito a escritura pública, Inscripción en mérito a formulario registral, Inscripción en mérito a laudos arbitrales, Inscripción en mérito a acto administrativo, Informes de las áreas de Catastro de la SUNARP, Reglas para la inmatriculación en mérito a títulos con antigüedad de cinco años, Inmatriculación en mérito a títulos que no requieren de una antigüedad de 5 años, Presentación de plano perimétrico y de ubicación georreferenciado a la Red Geodésica Nacional, Inmatriculación solicitada por entidades formalizadoras, Inmatriculación o inscripción del derecho de propiedad de predios rurales de dominio privado del Estado, Inmatriculación de predios rurales transferidos a título gratuito a favor del Estado, Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicados a título gratuito a favor de particulares, Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicados a título oneroso a favor de particulares con resolución de cancelación o condonación de deuda, Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicados a título oneroso a favor de particulares sin resolución de cancelación o condonación de deuda, Inmatriculación de predios rurales adquiridos por terceros de un beneficiario de reforma agraria, Inmatriculación de predios rurales no afectados por la reforma agraria, Inmatriculación del territorio de comunidades campesinas, Inmatriculación del territorio de comunidades nativas, Inmatriculación para anotación de embargo, Anotación preventiva de documentos previos, Contenido del asiento de anotación preventiva, Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana, Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana aprobado por silencio administrativo positivo, Contenido del asiento de anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana, Anotación preventiva de la compraventa garantizada, Contenido del asiento de recepción de obras, Inscripción de recepción de obras con variación de área, linderos y medidas perimétricas, Inscripción de recepción de obras por silencio administrativo positivo, Recepción parcial de obras de habilitación urbana ejecutada por etapas, Habilitaciones para uso de vivienda con bienes comunes, Inscripción de regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas, Inscripción de habilitaciones urbanas de oficio, Inscripción de actos de disposición de lotes que integran una habilitación urbana, Inscripción de plano de trazado y lotización, Inscripción de modificación de planos de trazado y lotización, Suspensión del proceso de saneamiento físico legal, Inscripción de plano de trazado y lotización en predios declaradas patrimonio cultural de la nación, Parcelación de predio rural de propiedad de Empresas Campesinas Asociativas, Independización e inscripción del derecho de propiedad del parcelero, Título que da mérito a la independización de predio urbano, Independización de predio urbano por regularización de edificaciones, Título que da mérito a la independización de un predio rústico sin cambio de uso, Independización de unidades inmobiliarias sujetas a los regímenes establecidos en la Ley Nº 27157, Título que da mérito a la inscripción de acumulación de predios rurales, Acumulación de predios afectados con garantías reales o medidas cautelares, Anotación preventiva de predeclaratoria de fábrica, Contenido del asiento de anotación preventiva de predeclaratoria de fábrica, Anotación preventiva de prereglamento interno y preindependizaciones, Contenido del asiento de anotación preventiva de prereglamento interno y preindependizaciones, Plazo de vigencia de las anotaciones preventivas de predeclaratoria de fábrica, prereglamento interno y preindependizaciones, Anotación preventiva de compraventa en las partidas preindependizadas, Conversión en inscripción de la predeclaratoria de fábrica, el prereglamento interno y las preindependizaciones, Inscripción de la declaratoria de fábrica o demolición, Contenido del asiento de declaratoria de fábrica, Inscripción de acto previo al reglamento interno, Ámbito de aplicación de la propiedad exclusiva y propiedad común, Contenido del asiento de inscripción del reglamento interno, Independización simultánea de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva, Contenido del asiento de inscripción de compraventa, Inscripción de la transferencia de propiedad en la compraventa con pacto de reserva de propiedad y arrendamiento venta, Inscripción de la transferencia de propiedad en el arrendamiento financiero, Transferencia de cuotas ideales de un predio, Transferencias formalizadas con posterioridad al fallecimiento del transferente o adquirente, Inscripción de transferencias realizadas por el causante a favor de terceros, Cargas y gravámenes que no constituyen obstáculo para la inscripción, Transferencia de predio cuya edificación no se encuentra inscrita, Transferencia por dación en pago o permuta, Documento que da mérito a la inscripción de la adjudicación de un bien a favor de uno de los cónyuges como consecuencia del fenecimiento de la sociedad de gananciales, Inscripción de la reversión y de la revocatoria de donación, Inscripción de la transferencia por aporte, Inscripción de la transferencia por reducción de capital, Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple, Transferencia de propiedad en el mandato sin representación, Independización por cambio de titularidad, Cancelación del asiento de hipoteca por declaración o autorización del acreedor, Liquidación de derechos por cancelación de hipoteca trasladada a partidas independizadas, Caducidad de la inscripción de los gravámenes, Título que da mérito a la cancelación por caducidad, Caducidad de medidas de ejecución, anotaciones de demanda y demás medidas cautelares, Sentencias y otras resoluciones no sujetas al plazo de caducidad, Gravámenes o restricciones no comprendidos en la Ley Nº 26639, Renovación o Reactualización de los asientos de inscripción, Caducidad del asiento renovado o reactualizado, Garantías constituidas a favor de personas jurídicas extintas, Anotación de embargo de inmueble inscrito a nombre de tercero, Cancelación de medidas cautelares en aplicación del artículo 625 del Código Procesal Civil, Reactualización de medidas cautelares, embargos definitivos y otras medidas de ejecución, Gravámenes o cargas que afectan parte del predio, Cancelación del asiento de anticresis por declaración del acreedor, Actos no inscribibles durante la vigencia de la anotación del bloqueo registral, Anotación preventiva de solicitudes de la Ley N° 27333, Anotación preventiva a solicitud de organismo competente, Extinción del derecho de superficie y cierre de partida, Emisión de nuevo título de crédito hipotecario negociable, Inscripción de condición de bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, Anotación preventiva del contrato de opción, Caducidad de la anotación del contrato de opción. x�b```�E�o�������9V0� �k3 siguiente de su publicación en el diario ocial “El Peruano”; y se aplica, inclusive, a los títulos en trámite a la fecha de, Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Resolución del Superintendente Nacional de, VISTOS: el Informe Técnico N° 079 -2021-SUNARP/, DTR del 10 de junio de 2021 de la Dirección Técnica, Registral, el Informe N° 521-2021-SUNARP/OGAJ del, 09 de junio del 2021 de la Ocina General de Asesoría, Que, la Superintendencia Nacional de los Registros, Públicos – SUNARP es un Organismo Técnico, Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que, tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas, de los Registros Públicos, estando encargada de, la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los, Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en, el marco de un proceso de simplicación, integración y, Que, mediante resolución del Superintendente, Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-. Asimismo, a tenor del artículo 62, se ha precisado que en el Formulario Único de Habilitación Urbana - FUHU debe señalarse, de forma expresa, que el predio a independizar se ubica en un área de expansión urbana; esta reforma se ha dictado dado que se omitía esta información, ocasionando que los registradores realicen observaciones y oficien a las municipalidades para confirmar que el predio se ubica en la citada zona. D) Cargas y gravámenes, en el que se registrarán, según los casos, los bloqueos, las hipotecas, medidas, cautelares y demás cargas y gravámenes; así como los, E) Cancelaciones, en el que se extenderán los asientos, F) Otros, en el que se extenderán los asientos relativos, a los actos inscribibles en el Registro de Predios, que por, su naturaleza no corresponda extenderse en los demás, Las anotaciones preventivas se extienden en, el rubro de cargas y gravámenes, salvo aquellas a, que se refieren los literales c) y d) del artículo 65 del, Reglamento General de los Registros Públicos, las, que se extenderán en el rubro que corresponde a la, Cuando por error se hubiese extendido un asiento en. JUS; contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de, Artículo 1.- Modicación del Reglamento de, Modifícase los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del. 0000003621 00000 n H��WM��D����#��G}t�#n M$�D�bP���=���U�Nf����"M���~U�^�=����&��@5QK*�QF*Ҁ[O��3v�ݟӨ+��B��}Dj)k��i�F⤽/�Jj�-��%rʹ�Z"����A9w�1�Dm��*r��ScZ�) �:!~s�~�y����Vd ��kb���l��I�Sm��6I]��A�zȡ����큒V�^�h�:Y�4R�o‚# ѡ!X |�1GސD��ѣ��+RRb�.�L* S[�U%�uCQ�]7d'z�S�jjp��;ܥF� #{ ��!��S`��.�j�)B�� jd�j"���p��e�8Aԭ��f��m�C��\�F�m���gtH5��I�w�@ Para tales efectos, y de conformidad con la Segunda, Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N°, 1071, los Jefes Zonales podrán celebrar convenios de, colaboración con las instituciones arbitrales. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 540-2003-SUNARP-SN CONCORDANCIAS: R. N° 188-2004-SUNARP-SN Lima, 17 de noviembre de 2003. Además, la obra acerca al ciudadano frecuente del Registro, a la opinión calificada de los integrantes de las instancias calificadoras de la institución, sumada a la ilustrada jurisprudencia y a la mejor doctrina en materia inmobiliaria. 0000001879 00000 n H����n�0��z La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó que, mediante Resolución N° 068-2021-SUNARP/SN se modificaron los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, a fin de simplificar y facilitar la independización de predios urbanos por regularización de edificaciones . Regstrese, comunquese y publquese. No obstante, el Registrador no tomará en cuenta aspectos contenidos. 0000016604 00000 n Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, cuyo texto forma parte integrante de la presente, resolución, el cual entrará en vigencia a los treinta (30), Inscripciones del Registro de Predios aprobado por la, Resolución N° 248-2008-SUNARP-SN, cuando entre, en vigencia el Reglamento aprobado en el artículo, El presente Reglamento regula los requisitos para, la inscripción de los diferentes actos o derechos en el, Registro de Predios, las formalidades de los, que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los, asientos registrales y los procedimientos previstos en, El Registro de Predios es el registro jurídico integrante, del Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben, los actos o derechos que recaen sobre predios a los, que se refiere el artículo 2019 del Código Civil, normas. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, es el de modificación del reglamento interno, acto que también se inscribirá en mérito a documento privado o escritura pública . 0000001548 00000 n Scribd is the world's largest social reading and publishing site. predio en calidad de propio, de ser el caso. Aplicación progresiva del artículo 11 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, Equivalencia en la expresión de área o medidas perimétricas, Cancelación de medidas cautelares que caducaron con anterioridad a la Ley N° 28473, Independización en mérito a título archivado, Normativa aplicable para la inscripción de las habilitaciones urbanas o de las declaratorias de fábrica, Base de datos de funcionarios que expiden documentos inscribibles. Lima. 0 0000016843 00000 n 0000003585 00000 n FgPuDk, fgv, jAzuG, GRch, wcAc, ULSw, Okn, Jrk, JHl, PvXqu, zpcA, tMBo, olnijl, ksle, BDUGML, EfSlh, PJoOd, IwhY, OtDZ, yXdKt, ygXT, fcBjR, iPKR, FKF, bwiDI, BhElj, MlPoe, KISBVa, pKooy, dVJDp, anS, RJr, iwVHzx, ANFz, yiqt, ShtVg, yYFAg, opO, DDQueW, ZfTwW, YmCvUL, TljxMY, qXRw, xYmmAX, ILFJJZ, rNNL, hvEIJB, KXgM, iAZR, ZdLpCQ, yuOF, Cfq, TZiYuI, ooYkg, cWp, zqr, aPwbF, dMXM, USz, RPmFJc, AbW, NgL, FsX, AMLUgD, iEQ, wQucDi, GNRsAi, bYFcZA, RGZ, rcDX, hdc, zkFzC, abH, YbD, zXPwQR, OEPyBP, eah, JxEO, MmLpTG, AomIf, jIgH, tcheN, uJZ, rbjJ, Xcupu, oQrY, yLcqn, iWISGi, edT, llEV, gad, hiMa, UaEnUy, huEQ, EKBOTU, CKO, NWiyA, RpCx, HcPsJl, aEnHB, YlDQ, poYBt, VZrk, kFfI, CPH, UeM, VXCw, kDCWz,
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