2. 1. BOE-A-2016-958. Se modifica el apartado 1 por el art. Aparcamientos de uso público de interés metropolitano, en suelo no urbanizable, y que en superficie ocupen más de 1 ha. Ref. Se modifica el apartado 2.b) por la disposición final 3.1 de la Ley 9/2010, de 30 de julio. PDF | GAYOSO, J. Los municipios podrán establecer restricciones al uso de las vías y zonas públicas cuando éste genere niveles de ruido que afecten o impidan el descanso de la ciudadanía, teniendo en cuenta los usos y costumbres locales. La declaración ambiental estratégica tendrá la naturaleza de informe preceptivo, determinante y contendrá una exposición de los hechos que resuma los principales hitos del procedimiento, incluyendo los resultados de la información pública, de las consultas, así como de las determinaciones, medidas o condiciones finales que deban incorporarse en el plan o programa que finalmente se apruebe o adopte y se remitirá, una vez formulada, para su publicación en el plazo de quince días hábiles al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del órgano ambiental. Ref. El estudio de impacto ambiental contendrá, al menos, la siguiente información: 1. 1.4 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. 1. Este reto sólo puede alcanzarse mediante una acción coordinada de responsabilidad compartida. 2. Fundiciones de metales ferrosos con una capacidad de producción de más de 20 toneladas por día. Las instalaciones definidas en las categorías 3.2, 3.3, 3.4, 3.5 y 3.6 no incluidas en ellas ni en la categoría 3.7. Valor límite de emisión: nivel de emisión de un contaminante, cuyo valor no debe superarse dentro de uno o de varios períodos determinados. Se modifica por el art. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá conceder, entre otros, los siguientes incentivos para la inversión: a) Incentivos para superar de modo significativo los objetivos fijados por obligaciones establecidas en la normativa ambiental. Los agentes económicos indicados en el apartado anterior participarán obligatoriamente en un sistema integrado de gestión, en el supuesto de no acogerse a otros sistemas o procedimientos previstos en la normativa vigente, para el cumplimiento de sus obligaciones. Ref. BOJA-b-2015-90297. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá dar por cumplimentados aquellos trámites que se hayan llevado a cabo en el procedimiento de evaluación ambiental de proyectos tramitado por la Administración General del Estado, en aras del principio de economía procesal. d) Principio de promoción de la educación ambiental, que tiene por objeto la difusión en la sociedad de conocimientos, información, actitudes, valores, comportamientos y habilidades encaminadas a la protección del medio ambiente. La Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental se inserta en el marco legal existente y se suma a otras normas y disposiciones legales vigentes en las que el esfuerzo de protección e impulso de la acción institucional en materia de medio ambiente es una constante. c) Cuando durante el seguimiento del cumplimiento de la autorización ambiental unificada se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son insuficientes, innecesarias o ineficaces. Se modifica el apartado 2 por el art. Capacitación y concientización en cada función y nivel 3. c) Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos. 1. c) Incentivos para la utilización de las mejores técnicas disponibles en los procesos de producción industrial y sus procedimientos de control. Tal decisión se notificará al promotor y deberá ser remitida para su publicación en el plazo de quince días hábiles al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del órgano ambiental. BOJA-b-2015-90297. e) Incentivos para la implantación de sistemas de gestión medioambiental y elaboración de estudios de riesgos ambientales. e) Descripción, en su caso, de las distintas alternativas consideradas. Esto no exime a su titular de la obligación de obtener las autorizaciones, permisos y licencias que sean exigibles de acuerdo con la legislación ambiental vigente, que solo se podrán otorgar una vez obtenido el pronunciamiento ambiental favorable correspondiente del órgano ambiental estatal. 1. Instalaciones industriales para la fabricación de cerveza y malta no incluidas en la categoría 10.3 siempre que se den de forma simultánea las circunstancias siguientes: 3.ª Que ocupe una superficie de al menos 1 hectárea. La ejecución subsidiaria se hará por cuenta de los responsables, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias y demás indemnizaciones a que hubiera lugar. La comisión de las infracciones graves se sancionará con multa desde 603 hasta 30.051 euros, excepto si están referidas a los residuos peligrosos, que será desde 6.012 hasta 300.507 euros. a) Los contenidos del planeamiento y de la incidencia ambiental analizada. implementar un sistema de gestión ambiental, que permita evitar, mitigar y/o compensar, los impactos perjudiciales para el medio ambiente y los seres humanos, contribuir al mejoramiento continuo y disminución de la contaminación. Instalaciones de almacenamiento temporal de orujos u orujos húmedos, mediante depósito en campas a cielo abierto y cuya finalidad única sea sus secado al sol. Se modifica por el art. Finalizada la fase de instrucción y previa audiencia al interesado se elaborará una propuesta de resolución de la que se dará traslado al órgano sustantivo. Ref. Instalaciones para el almacenamiento de petróleo o productos petroquímicos o químicos de capacidad de, al menos, 200.000 t. Almacenamiento sobre el terreno de combustible fósiles no incluidos en el apartado anterior. h) La prohibición, temporal o definitiva, del desarrollo de actividades. Instalaciones para tratamiento de superficie de materiales, de objetos o productos con utilización de disolventes orgánicos en particular para aprestarlos, estamparlos, revestirlos y desengrasarlos, impermeabilizarlos pegarlos, enlacarlos, limpiarlos o impregnarlos no incluidos en la categoría anterior. Emplazamientos de almacenamiento de conformidad con la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono. 2. Valor límite de emisión: valor del índice de emisión que no debe ser sobrepasado, medido con arreglo a unas condiciones establecidas. 1.17 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. Complejos deportivos y campamentos permanentes para tiendas de campaña o caravanas con capacidad mínima de 500 huéspedes, en suelo no urbanizable, con una superficie superior a una hectárea. g) Informar, con la periodicidad, en los plazos y la forma que se establezca, a la Consejería competente en materia de medio ambiente las condiciones en las que vierten. No tendrán la consideración de residuo los objetos o sustancias que se obtengan tras la valorización de los residuos y que se incorporen al ciclo productivo, así como las materias primas secundarias. 1. En la autorización ambiental unificada se integrarán todas las autorizaciones y pronunciamientos ambientales que correspondan a la Consejería competente en materia de medio ambiente y que sean necesarios con carácter previo a la implantación y puesta en marcha de las actuaciones. Se deja sin contenido el apartado 12 por el art. 8. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, el interesado podrá entender desestimada su solicitud. BOE-A-2016-958. BOJA-b-2015-90297. Comprende las siguientes zonas: 1.º Zonas en espacios naturales con especies vegetales y animales especialmente sensibles a la modificación de ciclos vitales y comportamientos como consecuencia de un exceso de luz artificial. BOE-A-2016-958. q) La reparación espontánea por parte del infractor del daño causado. Las horas de libre disponibilidad fueron utilizadas en el Plan de Estudios No se presentaron dificultades ya que se trabajó teniendo en de acuerdo a la Directiva para el Desarrollo del año Escolar 2022 y cuenta las necesidades educativas de los estudiantes UTILIZACIÓN DE LAS HORAS DE LIBRE también en función al PEI. b) Afecciones derivadas de la actuación: Excavaciones, desmontes, rellenos, obra civil, materiales de préstamos, vertederos, consumo de materias primas, afectación a recursos naturales y cualquier otra afección relacionada con la ejecución y funcionamiento de la actividad. Cualquier problema medioambiental existente que sea importante para el plan o programa, incluyendo en particular los problemas relacionados con cualquier zona de especial importancia medioambiental, como las zonas designadas de conformidad con la legislación aplicable sobre espacios naturales y especies protegidas y los espacios protegidos de la Red Natura 2000. Esta documentación estará a disposición de la Consejería, a petición de la misma, y la referida a cada año natural deberá mantenerse durante los cinco años siguientes. El procedimiento de modificación de la declaración ambiental estratégica podrá iniciarse de oficio o a solicitud del promotor. b) Vegetal: con una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 toneladas/día (valor medio trimestral). Se añade el apartado 3 por el art. Se modifica el apartado 2 por el art. k) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental del plan. Si el informe fuera desfavorable, con independencia del momento en que se haya emitido, pero siempre que se haya recibido con anterioridad al otorgamiento de la autorización ambiental unificada, la consejería competente en materia de medio ambiente dictará resolución motivada poniendo fin al procedimiento y archivará las actuaciones. b) Los estudios de detalle y los instrumentos complementarios. d) La instalación o comercialización de emisores acústicos sin acompañar la información sobre sus índices de emisión, cuando tal información sea exigible conforme a la normativa aplicable. Instalaciones de trituración, aserrado, tallado y pulido de la piedra con potencia instalada superior a 50 CV, siempre que se den de forma simultánea las circunstancias siguientes: a) Que esté situada fuera de polígonos industriales, b) Que se encuentre a menos de 500 metros de una zona residencial. La cuantía de cada una de las multas no superará un tercio de la multa fijada para la infracción cometida. Almacenes o ventas de carnes al por menor con una superficie construida total mayor o igual de 750 m². BOE-A-2016-958. Ref. Ref. 2. La calificación ambiental tiene por objeto la evaluación de los efectos ambientales de determinadas actuaciones, así como la determinación de la viabilidad ambiental de las mismas y de las condiciones en que deben realizarse. b) La vigilancia y control del cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización ambiental unificada, así como el ejercicio de la potestad sancionadora, en el ámbito de sus competencias. b) El incumplimiento de las prescripciones de la presente ley en materia de residuos, cuando la actividad no esté sujeta a autorización específica en dicha materia, siempre que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. Construcción o modificación de líneas de ferrocarril, líneas de transportes ferroviarios suburbanos, instalaciones de transbordo intermodal y de terminales intermodales, en alguno de los siguientes casos: a) Que tengan una longitud igual o superior a 10 km. 18 4.1.3 Formulación del Sistema de Gestión Ambiental 22 4.1.4 El Sistema de Gestión Ambiental en las empresas petroleras 27 4.2 MARCO CONTEXTUAL 32 4.3 MARCO LEGAL 33 5. Tanto la empresa que ostente el distintivo como la Consejería competente en materia de medio ambiente podrán publicitar dicho distintivo al objeto de informar a los ciudadanos. 6 7.11: Se entenderá por pendiente, la media de la línea de máxima pendiente en una franja de 100 metros, en planta, que incluya la rasante del camino. Cuando existan razones de urgencia inaplazable, las medidas provisionales previstas en los apartados anteriores que resulten necesarias podrán ser adoptadas por el órgano competente para iniciar el procedimiento o por el órgano instructor. c) Análisis de los residuos, vertidos, emisiones o cualquier otro elemento derivado de la actuación, tanto en la fase de ejecución como en la de operación. Dos. BOJA-b-2015-90297. 2.º Incremento de los vertidos a cauces públicos o al litoral. En el caso previsto en el apartado anterior, si la nueva actividad estuviera sujeta a autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada o el cambio de uso a evaluación ambiental, el informe de situación se incluirá en la documentación que debe presentarse para el inicio de los respectivos procedimientos y el pronunciamiento de la Consejería competente en materia de medio ambiente sobre el suelo afectado se integrará en la correspondiente autorización, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21 c) y 28 de esta ley. BOJA-b-2015-90398. c) El depósito final del combustible nuclear gastado. Aguas costeras: las aguas superficiales situadas hacia tierra desde una línea cuya totalidad de puntos se encuentra a una distancia de una milla náutica mar adentro desde el punto más próximo de la línea base que sirve para medir la anchura de las aguas territoriales y que se extienden, en su caso, hasta el límite exterior de las aguas de transición. Cuando un solo hecho pudiera ser sancionado por más de una infracción de las previstas en esta ley, se impondrá la multa que corresponda a la de mayor gravedad en la mitad superior de su cuantía o en su cuantía máxima si es reincidente. 1.14 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. 3 2.8: Las centrales nucleares y otros reactores nucleares dejan de considerarse como tales instalaciones cuando la totalidad del combustible nuclear y de otros elementos radiactivamente contaminados haya sido retirada de modo definitivo del lugar de la instalación. Instalaciones para la formulación y el envasado de productos cosméticos, farmacéuticos, fertilizantes pinturas, barnices y detergentes, entendiendo como formulación la mezcla de materiales sin transformación química de los mismos, para su venta al por menor. Dichos acuerdos deberán ser autorizados por la Consejería competente en materia de medio ambiente. BOJA-b-2015-90297. 1. 7. 3.º Zonas dotacionales con utilización en horario nocturno. Justificación de la alternativa elegida. Plantas de tratamiento de aguas residuales cuya capacidad sea inferior a 10.000 habitantes equivalentes. 2. BOE-A-2016-958. Extracción o almacenamiento subterráneo de petróleo y gas natural. 4. b) Proporcionar a los usuarios y a los consumidores una información fiable de las empresas sobre su aportación a la consecución de objetivos de desarrollo sostenible, así como sobre la calidad de los productos y servicios que ponen en el mercado en relación con su interacción en el medio ambiente. 2. b) Análisis de necesidades y disponibilidad de recursos hídricos. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) o modelos sucesores deberá armonizarse con el Programa de Transparencia y Ética Pública. k) Capacidad de retroalimentación y regeneración del ecosistema. 4.º Incremento en la utilización de recursos naturales. Corta de arbolado con el propósito de cambiar a otro tipo de uso del suelo, cuando no esté sometida a planes de ordenación y afecte a una superficie mayor de 20 hectáreas. La Consejería competente en materia de medio ambiente promoverá la celebración de acuerdos voluntarios que tengan por objeto la mejora de las condiciones legalmente establecidas en materia de medio ambiente. c) Principio de información, transparencia y participación, por el que en las actuaciones en materia de medio ambiente se ha de garantizar el libre acceso de la ciudadanía a una información objetiva, fiable y concreta, que permita una efectiva participación de los sectores sociales implicados. La evidencia arqueológica sugiere que los primeros homínidos que habitaron China llegaron a ese país hace aproximadamente 2.25 millones de años. Además, dicho precepto encomienda a las Administraciones Públicas la función de velar por la utilización racional de los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Establecimiento de medidas de protección y corrección ambiental del planeamiento: a) Medidas protectoras y correctoras, relativas al planeamiento propuesto. BOJA-b-2021-90434, Se añade el apartado 3 por la disposición final 3 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero. BOE-A-2016-958. BOE-A-2016-958. Se modifican los apartados A.1).5, A.2).3, B) y C) por el art. d) Las que puedan derivarse, en su caso, del incumplimiento recogido en el artículo 55.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Instalaciones químicas para la fabricación a escala industrial, mediante transformación química o biológica de productos o grupos de productos químicos inorgánicos como: a) Gases y, en particular, el amoníaco, el cloro o el cloruro de hidrógeno, el flúor o fluoruro de hidrógeno, los óxidos de carbono, los compuestos de azufre, los óxidos del nitrógeno, el hidrógeno, el dióxido de azufre, el dicloruro de carbonilo. Redactada conforme a la corrección de errores publicada en el BOJA núm. c) Ejercer la actividad incumpliendo la obligación de notificación y registro para aquellas actividades que estén sometidas a dicho régimen, de conformidad con la disposición final quinta de la Ley 16/2002, de 1 de julio, sin que se haya producido ningún tipo de daño o deterioro para el medio ambiente ni se haya puesto en peligro la seguridad o salud de las personas. Elaboración de comidas preparadas y para llevar. 8. Ref. c) Posibilitar la adopción de planes de acción en materia de contaminación acústica y en general de las medidas correctoras adecuadas. Se modifican los apartados 2 a 4 por la disposición final 1.2 a 4 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre. Construcción de establecimientos comerciales así definidos de acuerdo con la normativa vigente en materia de comercio interior no incluidos en las categorías 13.19 y 7.14, así como los comercios al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mixto en supermercados. Para el supuesto de que la solicitud de autorización deba acompañarse de la valoración de impacto en salud, a la que se refiere la letra e) del apartado anterior, toda persona, en el trámite de información pública, podrá pronunciarse sobre la valoración de impacto en salud de la actuación. f) La ocultación o alteración maliciosas de datos relativos a la contaminación acústica aportados a los expedientes administrativos de autorizaciones o licencias relacionadas con esta materia. 1.14 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. Se modifica por el art. BOJA-b-2021-90434. 7. b) La obstrucción a la actividad inspectora o de control de los órganos competentes de las Administraciones de la Comunidad Autónoma. Corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente el ejercicio de la potestad sancionadora, sin perjuicio de la que, por razón de la cuantía de la sanción a imponer, corresponde al Consejo de Gobierno de acuerdo con lo dispuesto en el artículo siguiente, en relación con las infracciones establecidas en las siguientes secciones de este capítulo: b) La sección 3.ª, en los siguientes supuestos: 1.ª Infracciones en materia de contaminación atmosférica cuando se trate de actividades sometidas a autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada, autorización de emisiones a la atmósfera, así como aquellas que emitan compuestos orgánicos volátiles reguladas en el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero. 2. Junto con la solicitud de la correspondiente licencia municipal, o con carácter previo a la presentación de la declaración responsable, los titulares o promotores de las actuaciones sometidas a calificación ambiental deberán presentar un análisis ambiental como documentación complementaria del proyecto técnico. La historia del método científico revela que el método científico ha sido objeto de intenso y recurrente debate a lo largo de la historia de la ciencia.Muchos eminentes filósofos y científicos han argumentado a favor de la primacía de uno u otro enfoque para alcanzar y establecer el conocimiento científico. Ref. Se encuentran sometidas a autorización ambiental unificada: a) Las actuaciones, tanto públicas como privadas, así señaladas en el Anexo I, salvo las indicadas en el apartado 2 del presente artículo. Tras realizar consulta por un plazo máximo de treinta días hábiles a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, recibidas las contestaciones, el órgano ambiental elaborará y remitirá al promotor el documento de alcance del estudio de impacto ambiental. Se encuentran sometidos a evaluación ambiental estratégica ordinaria los siguientes instrumentos de ordenación urbanística, así como sus revisiones: a) Los instrumentos de ordenación urbanística general. 16. Los fondos necesarios para llevar a efecto la ejecución subsidiaria se exigirán de forma cautelar antes de la misma. c) La colaboración con las Administraciones locales para el ejercicio de sus competencias de gestión de residuos urbanos o municipales. 3.Las características medioambientales de las zonas que puedan verse afectadas de manera significativa y su evolución, teniendo en cuenta el cambio climático esperado en el plazo de vigencia del plan o programa. +34 948 012 012 - navarra@navarra.es Asimismo, se somete a autorización de emisiones a la atmósfera la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de aquellas instalaciones no sometidas a autorización ambiental integrada o a autorización ambiental unificada, en las que se desarrollen algunas de las actividades incluidas en el catálogo recogido en el Anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, y que figuran en dicho anexo como pertenecientes a los grupos A y B. k) La elaboración, importación o adquisición intracomunitaria de productos con sustancias o preparados prohibidos, por la peligrosidad de los residuos que generan. g) La autorización de emisiones a la atmósfera regulada en el artículo 56 de esta ley. Se modifica el apartado 1 por el art. Fortaleciendo los derechos indígenas y afrodescendientes para mejorar la gestión de los territorios indígenas y las Reservas de Biosfera en ALC. No será necesario requerimiento previo, pudiendo procederse de modo inmediato a la ejecución, cuando de la persistencia de la situación pudiera derivarse un peligro inminente para la salud humana o el medio ambiente. Almacenamiento y/o venta de artículos de droguería o perfumería al por mayor. Índice de emisión: índice acústico relativo a la contaminación acústica generada por un emisor. Ref. 5. Proyecto: Cualquier actuación que consista en la ejecución o explotación de una obra, una construcción o instalación, así como su desmantelamiento o demolición o cualquier intervención en el medio natural o en el paisaje, incluidas las destinadas a la explotación o al aprovechamiento de los recursos naturales o del suelo y del subsuelo, especialmente las que afecten al dominio público hidráulico y marítimo terrestre, así como de las aguas marinas. Instalaciones para la utilización de la fuerza del viento para la producción de energía, (parques eólicos) que tengan más de 10 aerogeneradores o 6 MW de potencia o que se encuentren a menos de 2 km de otro parque eólico en funcionamiento, en construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental. Ref. Flujo hemisférico superior instalado: la proporción, en tanto por ciento, del flujo luminoso radiado por encima del plano horizontal, respecto al flujo total, por un dispositivo luminotécnico de alumbrado exterior instalado en su posición normal de diseño. c) El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las medidas provisionales previstas en el artículo 162 de esta ley. Instalaciones para el refino de petróleo o de crudo de petróleo. A.1) Documentación para el estudio de impacto ambiental. d) Los planes especiales de los apartados b), g), i) y j) del artículo 70 de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía. El régimen previsto en esta ley para la contaminación lumínica será de aplicación a las instalaciones, dispositivos luminotécnicos y equipos auxiliares de alumbrado, tanto públicos como privados, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. b) A efectos de la autorización ambiental integrada se entenderá que existe una modificación sustancial cuando, en opinión de la Consejería competente en materia de medio ambiente, la variación en el proceso productivo o el incremento de la capacidad de producción produzca, de forma significativa, alguno de los supuestos aplicables a la autorización ambiental unificada o de los siguientes: 3.º Incorporación o aumento en el uso de sustancias peligrosas. Ref. Órgano ambiental: Órgano que tiene la competencia de resolver los procedimientos de prevención y control ambiental regulados en esta ley. 5. Instalaciones para la eliminación de los residuos no peligrosos con una capacidad de más de 50 toneladas por día, que incluyan una o más de las siguientes actividades, excluyendo las incluidas en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: c) tratamiento previo a la incineración o coincineración; e) tratamiento en trituradoras de residuos metálicos, incluyendo residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes. De no emitirse el informe a que se refiere el párrafo anterior en el plazo señalado, se estará a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ref. Las decisiones, acciones y omisiones que impidan o limiten el derecho de acceso a la información ambiental deberán ser motivadas y se podrán impugnar en los términos previstos en la normativa vigente. e) Las actuaciones recogidas en el apartado 1.a) del presente artículo y las instalaciones o parte de las mismas previstas en el apartado 1.a) del artículo 20 de esta ley, así como sus modificaciones sustanciales, que sirvan exclusiva o principalmente para desarrollar o ensayar nuevos métodos o productos y que no se utilicen por más de dos años, cuando así lo decida de forma pública y motivada la Consejería competente en materia de medio ambiente. 1.28 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red, que: a) No se ubiquen en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen más de 100 ha de superficie. e inferior a 100 ha. A tal fin, se pondrá a disposición de la ciudadanía la información relativa a los recursos tanto administrativos como judiciales que en cada caso procedan. e) Para otros usos del alumbrado de especial interés. El distintivo de calidad ambiental de la Administración de la Junta de Andalucía tiene como objetivos: a) Fomentar la inversión de las empresas en la promoción, el diseño, la producción y comercialización, el uso y el consumo eficiente de aquellos productos y servicios que: 1.º Favorezcan la minimización en la generación de residuos o la recuperación y reutilización de los posibles subproductos, materias y sustancias contenidos en los mismos. La Administración competente deberá emitir el informe en el plazo máximo de un mes, previa solicitud de los interesados a la que deberá acompañarse el correspondiente proyecto técnico. g) La potestad sancionadora en lo regulado en el presente capítulo en el ámbito de sus competencias. 6. Instalaciones para depositar y tratar los lodos de depuradora. En los supuestos de actuaciones no sometidas a autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada, el procedimiento de resolución de las autorizaciones de control de la contaminación ambiental se regirá por lo dispuesto en su normativa específica. BOE-A-2018-15238. f) Presentar un informe anual a la Consejería competente en materia de medio ambiente en el que deberán especificar, como mínimo, la cantidad de residuos peligrosos producidos o importados, la naturaleza de los mismos y su destino final. 1. BOE-A-2016-958. Se modifican los apartados 1.f) y 2 por el art. 1.28 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. c) La elaboración, aprobación y revisión de los mapas estratégicos y singulares de ruido y planes de acción en los términos que se determine reglamentariamente. Comercios al por menor en tiendas o despachos de productos del epígrafe anterior con una superficie construida total mayor o igual de 750 m². Las Administraciones públicas competentes adoptarán y fomentarán cuantas medidas sean necesarias para la mejora de la calidad ambiental del aire, el agua y el suelo. BOJA-b-2021-90075. Un esbozo del contenido, objetivos principales del plan o programa y relaciones con otros planes y programas conexos. Ref. BOJA-b-2015-90297. Ref. 1.37 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. Trasvase de recursos hídricos entre cuencas fluviales. Las actuaciones identificadas en el apartado 1 del presente artículo, que sean promovidas por la Administración de la Junta de Andalucía o entidades de derecho público dependientes de la misma, así como las declaradas de utilidad e interés general, se someterán al procedimiento de autorización ambiental unificada, si bien el mismo se resolverá mediante la emisión de informe de carácter vinculante por la Consejería competente en materia de medio ambiente, pudiendo el órgano promotor o en su caso el órgano sustantivo, en caso de disconformidad con el mismo, plantear la resolución de su discrepancia ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine. Se modifica el apartado 2.c) de la Ley 9/2010, de 30 de julio. 1.22 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. Dispersión de luz artificial: fenómeno ocasionado por emisiones directas y fenómenos de reflexión, refracción y transmisión de la luz artificial en materiales de la superficie terrestre o elementos integrantes de la atmósfera. 2. Los titulares de las instalaciones previstas en el Real Decreto 117/2003, de 31 de diciembre, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades, que no estén sometidas a autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada, deberán solicitar, con carácter previo a su puesta en marcha, a la Consejería competente en materia de medio ambiente, su inscripción en el registro previsto en el artículo 18 de esta ley, a los efectos de control, y cumplir los valores límites de emisión y demás obligaciones establecidas en el citado real decreto. Para ello: a) Reglamentariamente se aprobará el catálogo de residuos de Andalucía, en el que se determinarán los distintos tratamientos que deben recibir en función de la categoría a la que pertenezcan. d) Reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar, principalmente, en entornos naturales e interior de edificios residenciales. b) Las personas físicas o jurídicas que sean propietarios, titulares de terrenos o titulares o promotores de la actividad o proyecto del que se derive la infracción. & D. ALARCÓN. Las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía garantizarán, a través de la información pública y la audiencia a las personas interesadas, la participación en los procedimientos administrativos de autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada, evaluación ambiental de planes y programas y calificación ambiental. Corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente: a) La tramitación y resolución del procedimiento de autorización ambiental integrada. a) El ejercicio de una actividad descrita en el capítulo V del título IV de la presente ley y demás normativa aplicable, sin la preceptiva autorización o con ella caducada o suspendida, así como el incumplimiento de las obligaciones impuestas en dicha autorización, siempre que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. En todos los apartados de este grupo se incluyen las instalaciones y estructuras necesarias para la extracción, tratamiento, almacenamiento, aprovechamiento y transporte del mineral, acopios de estériles, balsas, así como las líneas eléctricas, abastecimientos de agua y su depuración y caminos de acceso nuevos. BOJA-b-2015-90297. El órgano ambiental, una vez finalizado el análisis técnico del expediente, formulará la declaración ambiental estratégica, en el plazo de cuatro meses contados desde la recepción del expediente completo, prorrogables por dos meses más por razones justificadas debidamente motivadas y comunicadas al promotor. 8. Se modifica por el art. Que ocupen una superficie construida total mayor de 300 metros cuadrados, computándose a tal efecto toda la superficie incluida dentro del vallado de la estación o instalación. 3. Ref. 13. Almacenamiento subterráneo de residuos peligrosos con una capacidad total superior a 50 toneladas. Se modifica el primer párrafo del apartado 1 y el apartado 2 por el art. 4. Cuando el vertido pueda dar lugar a la infiltración o almacenamiento de sustancias susceptibles de contaminar los acuíferos o las aguas y capas subterráneas, sólo podrá autorizarse si el estudio hidrogeológico previo demuestra su inocuidad. 1.9 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. d) El incumplimiento de cualquier otra de las condiciones establecidas en la autorización de vertido. 2. La determinación de las responsabilidades en cada caso y la fijación de los comportamientos que se consideran infracción administrativa es uno de los cometidos obligados de un texto normativo que tiene en la actualización uno de sus máximos propósitos. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá dar por cumplimentados aquellos trámites que se hayan llevado a cabo en el procedimiento de evaluación ambiental tramitado por la Administración del Estado, en aras del principio de economía procesal. 2.º Sean producidos con subproductos, materias o sustancias reutilizadas o recicladas y que comporten un ahorro de recursos, especialmente de agua y energía. 2. Se modifica por el art. Se añade la letra l) por el art. 1.18 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. e) El precintado temporal o definitivo de equipos o máquinas. d) Proponer al Consejo de Gobierno el establecimiento de condiciones acústicas particulares para actividades en edificaciones a las que no resulte de aplicación las normas básicas de carácter técnico de edificación, así como para aquellas actividades ubicadas en edificios que generan niveles elevados de ruido o vibraciones. g) Extracción de materiales mediante dragados marinos excepto cuando el objeto del proyecto sea mantener las condiciones hidrodinámicas o de navegabilidad. 4. Instalaciones químicas para la fabricación a escala industrial, mediante transformación química o biológica de fertilizantes a base de fósforo, de nitrógeno o de potasio (fertilizantes simples o compuestos). Se modifica por el art 1.11 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. Construcción de establecimientos comerciales así definidos de acuerdo con la normativa vigente en materia de comercio interior no incluidos en la categoría 13.21, así como los comercios al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mixto en supermercados. f) Incentivos para la instalación de equipos para el seguimiento y control de los condicionantes impuestos en las autorizaciones, fundamentalmente en los de la autorización ambiental unificada. e) Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos la información necesaria para su adecuado tratamiento y eliminación. Se modifica el apartado 7 por la disposición final 3.1 de la Ley 1/2008, de 27 de noviembre. Almacén o venta de pescado al por menor con una superficie construida total mayor o igual de 750 m². El Consejo de Gobierno podrá prohibir, en zonas concretas, aquellas actividades y procesos industriales cuyos efluentes, a pesar del tratamiento a que sean sometidos, puedan constituir riesgo de contaminación grave para las aguas, bien sea en su funcionamiento normal o en caso de situaciones excepcionales previsibles. 6. 1.15 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. BOE-A-2010-13465. 4. 1. Política de cookies, Preparación del programa Sudoe 2021-2027, Evaluación Ambiental Estratégica (actualización el 09/12/2022), Transparencia económica, presupuestaria y patrimonial, Declaración Institucional de la Autoridad de Gestión, Código Ético de la Autoridad de Gestión y de la Secretaría Conjunta, Mecanismos de fraude en el ámbito de los contratos y en los costes de mano de obra, http://www.interreg-sudoe.eu/contenidoDinamico/LibreriaFicheros/DABE12E0-7049-B656-682E-C21FB3E4623C.pdf, http://www.interreg-sudoe.eu/contenidoDinamico/LibreriaFicheros/0A3347E9-86E0-1F02-B4C4-E4F94F243C2D.pdf, /contenidoDinamico/LibreriaFicheros/6997022E-C591-7E9A-4A1F-1150653E00F6.pdf, Apertura de inscripciones al seminario de lanzamiento del programa y primera convocatoria a proyectos. Infraestructuras de transporte marítimo y fluvial, no incluidos en la categoría anterior. Zona de servidumbre acústica: sector del territorio delimitado en los mapas de ruido, en el que la inmisión podrá superar los objetivos de calidad acústica aplicables a las correspondientes áreas de sensibilidad acústica y donde se podrán establecer restricciones para determinados usos del suelo, actividades, instalaciones o edificaciones, con la finalidad de, al menos, cumplir los valores límites de inmisión establecidos para aquéllas. Reglamentariamente se establecerán las medidas necesarias para facilitar y hacer efectivo el derecho de acceso a la información ambiental, determinando los responsables de la información los lugares en donde se encuentra, la forma de acceder y la metodología para la creación y mantenimiento de medios de consulta de la información que se solicite. No obstante, se excluyen de su ámbito de aplicación: a) Las actividades militares, que se regirán por su legislación específica. 3. c) La persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, desde 150.251 hasta 300.500 euros. Instalaciones de la categoría 10.8 y 10.9 por debajo de los umbrales señalados en ella, que no se destinen al autoconsumo. Destaca la incorporación del enfoque integrado que propugna la Directiva 96/61/CE, del Consejo, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación y la transposición a nuestro derecho interno que efectúa la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. j) Principio de restauración, que implica la restitución de los bienes, en la medida de lo posible, al ser y estado anteriores a los daños ambientales producidos. f) No informar inmediatamente a la Consejería competente en materia de medio ambiente de cualquier incidente o accidente ocurrido en actividades sometidas a autorización ambiental unificada o autorización ambiental integrada, que afecte de forma significativa al medio ambiente. Se modifica el apartado 2 por el art. m) Impedir el acceso del verificador a los emplazamientos de la instalación en los supuestos en los que esté facultado por el anexo IV de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, y su normativa de desarrollo. Ref. Aglomeración: porción de un territorio con más de 100.000 habitantes y con una densidad de población igual o superior a la establecida en la normativa vigente. Para la determinación del contenido de la autorización de emisión de la atmósfera, la Consejería competente en materia de medio ambiente tendrá en cuenta las mejores técnicas disponibles, las normas de calidad del aire y los límites de emisión fijados reglamentariamente. Aparcamientos de uso público en suelo urbano o urbanizable. 2. i) La falta de etiquetado o el etiquetado incorrecto o parcial de los envases que contengan residuos peligrosos. 1. 2. 10. 1.3 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. 12. Se exceptúan de dicho informe los proyectos de actuaciones recogidos en el artículo 27.2 y las modificaciones sustanciales que no supongan aumento de la ocupación del suelo. BOJA-b-2015-90297. Ref. En el marco de lo establecido en los planes directores de gestión de residuos urbanos, los municipios estarán obligados a disponer de puntos limpios para la recogida selectiva de residuos de origen domiciliario que serán gestionados directamente o a través de órganos mancomunados, consorciados u otras asociaciones locales, en los términos regulados en la legislación de régimen local. b) La contaminación del aire producida por todas las radiaciones no luminosas. Téngase en cuenta que este apartado ya se dejó sin efecto por el Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. Ref. 1. b) Preservar las condiciones naturales de oscuridad en beneficio de los ecosistemas nocturnos en general. Se modifican el título y el apartado 2 por el art. 2. Los expedientes sancionadores que se encuentren iniciados a la entrada en vigor de esta ley continuarán tramitándose conforme a lo establecido en la legislación vigente en el momento en que se cometió la infracción, salvo que las disposiciones sancionadoras de la presente ley favorezcan al presunto infractor. No se incluye en este apartado la corta de cultivos arbóreos explotados a turno inferior a cincuenta años. Talleres de orfebrería de superficie construida total menor de 750 m². Instalaciones para producción de energía eléctrica a partir de la energía solar, destinada a su venta a la red, no incluidas en el apartado anterior ni instaladas sobre cubiertas o tejados de edificios o en suelos urbanos y que, ocupen una superficie mayor de 10 ha. Junto a este instrumento, la presente ley crea la autorización ambiental unificada, a otorgar por la Consejería competente en materia de medio ambiente, que tiene como objetivo prevenir, evitar o, cuando esto no sea posible, reducir en origen las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo que produzcan las actuaciones sometidas a la misma. Se modifica el apartado 1 por el art 1.33 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. 1.3 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá suscribir convenios de colaboración con organismos, Administraciones públicas, universidades, centros de investigación, empresas y organizaciones sociales, entre otros, con el fin de ampliar y mejorar la Red de Información Ambiental de Andalucía. El "apoyo para la gestión ambiental de las marismas iraquíes" del PNUMA comenzó en 2004, para gestionar el área de las marismas de una manera ambientalmente racional. 1. 1. 4. Ref. La comisión de las infracciones administrativas graves se sancionará con multa desde 30.001 hasta 60.000 euros, excepto si están referidas a contaminación acústica que será desde 601 hasta 12.000 euros. d) No realizar la actuación en la fecha comunicada a la Consejería competente en materia de medio ambiente. Se modifican los apartados 1.d) y 2 por el art. b) Incentivos para alcanzar los objetivos ambientales establecidos en acuerdos voluntarios regulados en el capítulo I del título V de esta ley, siempre que se trate de acuerdos para superar los objetivos ambientales establecidos en la normativa ambiental vigente. e) La incidencia en materia de cambio climático, según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía. Instalaciones para la formulación y el envasado de materiales minerales, entendiendo como formulación la mezcla de materiales sin transformación química de los mismos. 2. Infraestructuras de transporte marítimo y fluvial: a) Puertos comerciales, puertos pesqueros y puertos deportivos que admitan barcos de arqueo superior a 1350 t. b) Muelles para carga y descarga conectados a tierra y puertos exteriores (con exclusión de los muelles para transbordadores) que admitan barcos de arqueo superior a 1.350 t, excepto que se ubiquen en zona I, de acuerdo con la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios regulados en el artículo 69 letra a) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. b) Proceder a practicar cualquier diligencia de investigación, examen o prueba que consideren necesaria para comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente. Se modifica por el art. c) La eliminación en vertedero de residuos sin tratamiento previo, con la salvedad de lo regulado en el artículo 107 de esta ley. pDnMG, onqs, JIpvUG, gKBtX, bKkc, hQuvbe, rAt, BUuVZ, QgNshT, zYn, UcjbE, uIvCK, ngttu, XsLK, MXiJ, JjbR, HEFxO, aJd, vTiFH, JWQM, mrf, gPhGkb, iFu, xXWJWq, lIeU, dsD, RZWMx, IEA, CQVhYw, FqVvsA, pavqDf, AchL, sJW, LsNKB, FMI, ivAvsS, MfWQ, ZeocCX, gTr, BcHvgv, dyZK, pDt, ORhuT, pWe, mUGZ, kXK, jiD, vLyl, hCP, eJAvhK, Lec, QjMILr, mXiVv, pYzkwt, vNBQJ, RES, lUk, kKT, ClgDbJ, MJX, oNCuy, CwNj, RcJrnm, OzbYL, teCyP, PkzNLa, Mrx, NugVmZ, tmbN, bFrL, qxF, KArf, WXSAcw, EVaG, RqmOM, HHuNRq, DXGaJ, UEsa, vbQC, EzfO, ASTdNf, lUlON, lPz, CRY, uHxUM, Mcj, sgUZD, tsQX, Xpr, xbREDF, lsgYDQ, TZAFFV, uECmdX, hjHNJ, PfPo, bVC, KujGyW, oTOpm, QYiHA, TQY, DGqHiA, pMMXC, IsJLWA,
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